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Estudio del observatorio internacional ‘EU Kids Online’ sobre el uso que hacen los niños y las niñas de internet


En España su uso se ha incrementado a más de tres horas diarias, principalmente para actividades de comunicación y entretenimiento. La mayoría afirma que utiliza su smartphone “diariamente” o “casi todo el tiempo”.
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Foto de Andrea Piacquadio en Pexels
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La red de investigación internacional EU Kids Online, ha hecho públicos los datos de su informe 2020 sobre el uso que niñas y niños de 19 países europeos hacen de internet. Según se desprende de sus resultados, la mayoría afirma que utiliza su smartphone “diariamente” o “casi todo el tiempo”. Este dato implica un incremento sustancial tanto en la proporción de usuarios de smartphones como del tiempo de uso comparado con la encuesta de EU Kids Online 2010. Pero mientras el tiempo que los menores están online casi se ha duplicado en algunos países, muchos todavía necesitan recomendaciones de sus progenitores, del profesorado o de sus amigos relacionadas con la seguridad. Sin embargo, cuando los niños y las niñas tienen una experiencia negativa online, hablan sobre todo con sus familiares o amigos, y poco frecuentemente con el profesorado u otros profesionales cuyo trabajo se centra en ayudarles.

El informe, publicado el Día de Internet Segura, también evidencia cómo el tiempo que pasan online varía entre dos horas (Suiza) y tres y media (Noruega). En el caso de España es de 3,1 horas diarias. El nuevo informe, “EU Kids Online 2020: Resultados de la encuesta en 19 países”, describe los riesgos y las oportunidades de internet para los niños y las niñas en Europa. Los equipos de la red EU Kids Online han colaborado entre otoño de 2017 y el verano de 2019 para encuestar a 25.101 niños y niñas, en 19 países europeos.

Algunos riesgos pueden tener consecuencias positivas o negativas

Esta encuesta pan-europea ha investigado las experiencias online de niños y niñas de entre 9 y 16 años, incluyendo el ciberbullying, la visualización de contenido dañino, el mal uso de los datos, el uso excesivo de internet, el sexting y el contacto con desconocidos contactados a través de internet. Los investigadores argumentan que las actividades online no pueden definirse concluyentemente como positivas o negativas en general; ya que una misma actividad puede tener consecuencias positivas para un niño o una niña y negativas para otro. Es el caso de los encuentros con personas que han conocido en internet. Entre el 5% (Francia) y el 25% (Serbia) de los niños y de las niñas tuvieron un encuentro con alguien que habían conocido antes online. Para la mayoría de ellos, conocer nuevas personas fue una experiencia positiva e interesante. Entre el 52% (Eslovaquia), el 83% (España) y el 86% (Rumanía) de los menores que tuvieron un encuentro con alguien contactado online dijeron que estaban felices después de la cita. En cambio, para otros esa experiencia les causó malestar y posible daño. En la mayoría de los países, menos del 5% de quienes fueron a esas citas se disgustaron mucho o bastante.

Falta de ayuda del profesorado y de los profesionales involucrados

Entre el 7% (Eslovaquia) y el 45% (Malta) de los niños y de las niñas dicen que se han sentido molestos o disgustados por algo ocurrido online en el último año. De entre éstos, la mayoría dice que fue un episodio esporádico, solo unas pocas veces al año. Al preguntarles cómo afrontaron esta experiencia negativa, la mayoría se lo dijo a su padre/madre o un amigo/a o a ambos, pero pocas veces se lo dijeron al profesorado o algún profesional cuyo trabajo consiste en ayudarles. Además, entre uno de cada diez y uno de cada cinco nunca o casi nunca recibe recomendaciones de seguridad online de sus progenitores, profesorado o pares.

Datos más relevantes del informe español:

Las actividades online de los niños, de las niñas y de los adolescentes españoles relacionadas con la comunicación y el entretenimiento han aumentado desde 2015 hasta la actualidad. Destaca su tendencia a comunicarse con familiares y amigos (70%) y a las actividades de ocio –tales como escuchar música (63%), ver videos (55%) y jugar online (46%)- diariamente, mientras las evidencias muestran menor interés por las actividades participativas y cívicas. Además, también es importante, aunque en menor grado, el uso para tareas escolares (43%) y el acceso a redes sociales (37%). En estas actividades cotidianas uno de cada tres niñas y niños admite que algo les molestó online durante el último año.

Las competencias sociales e instrumentales son las más extendidas entre los menores españoles, en cambio las competencias creativas y las relacionadas con la gestión de la información son menos comunes. Estos datos avalan la necesidad de mejorar la mediación escolar. Aunque los niños y niñas sienten la escuela como un lugar al que pertenecen, con un profesorado que les apoya y está dispuesto a ayudarles, el profesorado no supervisa sus actividades online y tiende a ser más restrictivo (39%) que proactivo (29%) en sus recomendaciones relativas a las actividades online de los menores. Además, son más restrictivos con los adolescentes (43%) que con los pre-adolescente (33%). En este sentido, las políticas educativas orientadas hacia un uso más seguro y un cambio pedagógico en Primaria y Secundaria contribuirían a un mayor desarrollo de las competencias digitales de la infancia y la adolescencia.

Lo más destacado: mayor riesgo en las niñas

Entre las niñas adolescentes la frecuencia de acceso a contenidos relacionados con auto-lesiones (6% en las niñas vs. 2% en los niños), suicidio (5% vs. 1%), estar muy delgadas –problemas de anorexia y bulimia- (4% vs. 1%) y mensajes de odio contra grupos sociales por motivos étnicos, ideológicos, religiosos, sexuales, o de otra índole (12% vs. 4%) es significativamente mayor que entre los chicos, como demuestra la prueba estadística chi-cuadrado (p < 0,01). Las chicas se han encontrado en situaciones molestas en internet (40%) significativamente más frecuentemente (p < 0,01) que los chicos (29%). Los progenitores tienden a animar más frecuentemente a los chicos que a las chicas a que exploren online, mientras limitan más las actividades de ellas. Estos datos, consistentes con resultados anteriores, muestran la mayor preocupación por la seguridad online de las chicas en las familias.
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Los anuncios alimenticios más vistos por los menores de 4 a 12 años son de productos de escaso valor nutritivo


Un estudio de la UOC evidencia la ineficacia de la autorregulación del sector para proteger a los menores. Las investigadoras recomiendan una normativa más restrictiva para prevenir el crecimiento de la obesidad infantil
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Sònia Armengou Casanovas, UOC | Más del 40 % de los niños y niñas españoles son obesos o tienen sobrepeso, dato que sitúa España a la cabeza de Europa en obesidad infantil. Uno de los frentes que hay que atacar para afrontar un problema de salud pública que es multifactorial es la publicidad alimentaria dirigida a menores. Lo evidencia un estudio publicado en acceso abierto en la revista Nutrients, de tres investigadoras, dos de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y una de la >Universitat Pompeu Fabra (UPF). Las expertas recomiendan más control sobre los anuncios de productos de bajo valor nutritivo y más restricciones para el conjunto de normas que autorregulen la publicidad alimentaria dirigida a los niños.

Código de autorregulación ineficaz

El estudio revela que el Código de autorregulación de publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores (PAOS) es ineficaz y no ayuda a prevenir la obesidad. «Se vulneran repetidamente varios principios del código y, además, no se tiene en cuenta que el gran consumo de publicidad de los menores se produce fuera del horario protegido», afirma Mireia Montaña, principal autora del artículo e investigadora del Grupo de investigación en Aprendizajes, Medios de comunicación y Entretenimiento (GAME) de la UOC, que ha trabajado junto con Mònika Jiménez-Morales de la UPF y Mercè Vàzquez también de la UOC.

Es importante destacar la importancia de la televisión entre los menores. El 90 % de los niños y niñas continúa viendo contenidos televisivos habitualmente y el 80 % los consume, a diario, fuera de lo que se considera horario infantil.

Menos nutritivo, más seductor

Las tres investigadoras analizaron durante tres años, del 2016 al 2018, los anuncios emitidos en la franja horaria más vista por los niños y niñas de 4 a 12 años. En primer lugar, analizaron la calidad nutricional (la etiqueta Nutriscore, un código de colores que indica si los alimentos son más o menos saludables) de los productos de los anuncios más vistos, 905, y de 300 campañas televisivas. Después, correlacionaron el valor nutricional con la estrategia discursiva usada como reclamo publicitario.

Los anuncios más vistos corresponden en su mayor parte a productos alimenticios de escasa calidad nutritiva, "lo que de ninguna manera ayuda a prevenir la obesidad entre esta población", expone Montaña.

También observan que a medida que baja la calidad nutricional de los productos anunciados, más alta es la presencia de elementos que transmiten ideas relacionadas con experiencias positivas, que nada tienen que ver con los productos. Diversión, felicidad, aventura y éxito son algunos de los conceptos recurrentes en la publicidad de productos de más bajo valor nutricional. "Estos estímulos alientan a los niños y niñas, muy vulnerables ante estas estrategias discursivas, a consumir estos productos, ofreciéndoles emociones y experiencias positivas de la compra", dice Montaña.

Trastornos del comportamiento

«Esta relación entre la comida y las emociones es particularmente alarmante», advierte la autora de la UOC. Varios estudios han relacionado el consumo de alimentos de escaso valor nutricional con un estado de ánimo personal bajo, un hecho que se conoce como comer emocional (emotional eating). El concepto se refiere a aquellas personas que buscan compensar sus necesidades emocionales mediante la ingesta de productos, sobre todo ricos en energía, pero de escaso valor nutritivo.

También se ha demostrado en estudios anteriores que la publicidad de productos que se comen por placer pero sin hambre —como el chocolate o las patatas fritas— pueden modificar el comportamiento y causar alteraciones alimentarias, como el trastorno por atracón.

"Dadas las repercusiones negativas que tiene para la salud y, sobre todo, la vulnerabilidad de los niños, creemos que es necesaria una revisión de la aceptación de un discurso publicitario hedonista que puede acabar provocando una disminución del bienestar de las personas", explica Montaña.

Más control, más compromiso

Con los datos sobre la mesa, las investigadoras recomiendan que el Gobierno español aplique una política más restrictiva para la publicidad de alimentos de alto valor calórico y escaso valor nutritivo.

"Consideramos que es necesario un mayor compromiso de la industria alimentaria española, de las agencias publicitarias y de los anunciantes para que la lucha para prevenir la obesidad infantil sea realmente efectiva", escriben las investigadoras en las conclusiones del estudio.

Y añaden: "La medida servirá para proteger mejor a los menores ante productos de poca calidad alimentaria en franjas de máxima audiencia, y demostraremos que somos coherentes entre la realidad que vivimos y las medidas de prevención de la obesidad infantil implantadas por el Gobierno español".

Para avanzar en el conocimiento del impacto de la publicidad alimentaria en la obesidad infantil, las investigadoras indican que hay que hacer más estudios que comparen países europeos con diferentes sistemas de regulación de la publicidad infantil, los niveles de consumo de estos productos y la evolución de los índices de la obesidad infantil.
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Referencia | Montaña, M.; Jiménez-Morales, M.; Vàzquez, M. Food Advertising and Prevention of Childhood Obesity in Spain: Analysis of the Nutritional Value of the Products and Discursive Strategies Used in the Ads Most Viewed by Children from 2016 to 2018. Nutrients 2019, 11, 2873. doi: https://doi.org/10.3390/nu11122873
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Una investigación analiza la mezcla entre ficción y documental en películas y series

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El recurso a las “historias reales” genera una falsa sensación de transparencia y una reducción del potencial artístico, político y reflexivo de la ficción.
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Producciones audiovisuales para cualquier dispositivo
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La hibridación entre los discursos documental y ficcional ha adoptado en los últimos tiempos formas muy específicas con claras implicaciones políticas y culturales. La continua apelación a los “hechos reales” en la producción audiovisual de ficción va más allá de una mera estrategia para dotar de mayor verosimilitud a la historia que se cuenta. El sistemático recurso a los “hechos” y a las “historias reales” genera una falsa sensación de transparencia y una reducción del potencial artístico, político y reflexivo de la ficción al convertirla en mera “constatadora” de unos hechos desproblematizados y que se dan por descontado (obviamente, detrás de esos supuestos “hechos" se ocultan discursos muy concretos y con sesgos potentes). Ese giro dogmático de la ficción está relacionado con una progresiva restricción y enrarecimiento de los modos de contar y representar disfrazada de diversidad audiovisual que caracteriza el entorno digital multiplataforma. Estas son algunas de las conclusiones de un estudio de la profesora de la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) Pilar Carrera que analiza la proliferación de recursos paradocumentales en la ficción audiovisual.

Documental y ficción no son discursos antitéticos (algo que la oposición “ficción” / “no ficción” insinúa) que se diferenciarían por su vínculo con las categorías de “realidad” o “verdad". En realidad, en ambos casos se trata de construcciones narrativas cuya diferencia esencial radica en los modos de recepción que activan o inducen. Es decir, si una película de ficción se presenta como un documental, se interpreta como tal. “La diferencia no está en el contenido referencial sino en la posición del espectador en el proceso de interpretación”, señala Pilar Carrera, que ha sido publicado en la revista Studies in Documentary Film un trabajo sobre “la inscripción documental en la ficción fílmica”. La proliferante “ideología de la transparencia” en el contexto del discurso mediático y audiovisual es, según la investigadora, “uno de los mayores peligros a los que se enfrentan las democracias en la actualidad”. Esto prepara el terreno para una relación dogmática con todo el ámbito discursivo, de tal manera que las denominadas “pruebas factuales”, construcciones discursivas e ideológicas ellas mismas, pueden llegar a convertirse en las únicas aceptadas por el público como piedra de toque de la verdad.

Todo esto se produce a través de un doble movimiento, según este trabajo. Por un lado, asumiendo que el documental debe ser un fiel reflejo de la realidad, cuando en realidad se trata de una narrativa con un enfoque determinado. Y, por otro lado, cuando se extrapola esa supuesta veracidad, tratando de dotar y respaldar con el ‘efecto de verdad’ de la narrativa documental las ficciones que emplean fórmulas documentales como las mencionadas. De esta manera, se busca blindar el discurso frente a toda crítica a través de un supuesto efecto de referencialidad, aludiendo a unos hechos supuestamente objetivos que precederían al discurso, cuando, en realidad, el efecto de verdad que incorporan es fruto de una operación discursiva, y no a la inversa: “El discurso de la ficción trataría de desplegar un realismo basado en hechos que se convertiría en la justificación de cierto status quo, en lugar de defender el potencial crítico y subversivo de la ficción”, indica Pilar Carrera.

Sin embargo, esta forma dogmática de realismo no es la única posible. Constata la autora que siempre ha habido lugar para “un realismo radical, antidogmático que cuestione política y artísticamente las narrativas institucionalizadas dominantes”. De hecho, existen muchos antecedentes de documentales que han profundizado en este tema a través de la escenificación discursiva de los efectos de la verdad y el mito de la ‘realidad objetiva”, como Tierra sin pan (1933) de Luis Buñuel, Noche y niebla (1956) de Alain Resnais; Fata Morgana (1971) de Werner Herzog, Met Dieric Bouts (1975) de André Delvaux, Una historia sucia (1977) de Jean Eustache o Arabescos sobre el tema de Pirosmani (1985) de Sergei Parajanov, entre otros.
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Trabajo de referencia | Carrera, Pilar (2021). "Documentary Inscription in Fiction Films", Studies in Documentary Film, 15:1, 1-19, DOI: 10.1080/17503280.2020.1854072
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La mayoría de los productos alimentarios y bebidas publicitados bajo el concepto 'mediterráneo' no están incluidos en la dieta mediterránea

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Una investigación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y la Universitat Pompeu Fabra (UPF) revela que solo el 13,6% de los productos de los anuncios analizados tienen un valor nutricional alto.
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Fotografía | Inproperstyle from Pixabay
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No todos los productos alimentarios y bebidas que se publicitan como mediterráneos en alusión a un estilo de vida saludable lo son en realidad, al menos no la mayoría. Así lo revela un estudio elaborado por las investigadoras Mireia Montaña, profesora de los Estudios de Ciencias de la Información y de la Comunicación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), y Mònika Jiménez, profesora del Departamento de Comunicación de la Universidad Pompeu Fabra (UPF), que concluye que la mayoría de los productos alimentarios y bebidas publicitados bajo el concepto "mediterráneo" no están incluidos en la pirámide nutricional de la dieta mediterránea.

En la investigación se analizaron 1.219 anuncios de alimentos de 103 productos y 541 anuncios de bebidas de 109 productos, correspondientes a publicidad difundida en diferentes tipos de medios de comunicación en España (periódicos, revistas, televisión, radio, internet, etc.) entre 2011 y 2020. Los resultados mostraron que solo el 13,59% de los productos publicitados bajo el reclamo "mediterráneo" tenían un valor nutricional alto, según su valor Nutri-Score. En cuanto al resto, otro 13,59% tenía un valor nutricional muy bajo y un 29,13%, bajo; un 25,27% obtuvo un valor nutricional medio, y un 19,42% tenía un valor nutricional medio-alto.

Como explica Mireia Montaña, llevaban tiempo analizando el contenido de la publicidad de productos de alimentación, sobre todo aquellos destinados a niños y niñas, cuando, al analizar las palabras clave más utilizadas en los anuncios, se dieron cuenta de que muchos de esos productos se vinculan a la dieta mediterránea y eso crea la falsa sensación de que son saludables. De ahí que, aunque no sea estrictamente publicidad engañosa, ambas investigadoras crean necesaria una regulación más estricta.

"Según la legislación española aplicada a la publicidad, no es estrictamente publicidad engañosa. Pero la ley de la publicidad data de los años ochenta y tiene grandes imprecisiones, además de ser muy vaga en ciertos aspectos", señala Mònika Jiménez. "Por eso, aunque algunos de los componentes de estos productos están amparados en el concepto de dieta mediterránea, en realidad se trata de publicidad engañosa, ya que tienen solo algún componente que forma parte de la pirámide nutricional de la dieta mediterránea. Si analizas el etiquetado, no tienen mucho de producto saludable. Es decir, no se mira el producto completo", añade.

Concretamente, los productos alimentarios que más recurren al reclamo de "mediterráneo" son el tomate frito y las salsas, seguidos de sopas y comida precocinada. En cuanto a las bebidas, el 89% de las bebidas que lo utilizan en el periodo estudiado son alcohólicas. Y se trata de una tendencia que crece cada año. "De 6 productos alimentarios que utilizaban el reclamo 'mediterráneo' en 2011 pasamos a 20 en 2020. Además, este último año solo un 30% de los productos se consideran de valor nutricional alto o medio-alto. En bebidas, la tendencia también es la misma: pasamos de 8 bebidas que usaban ese reclamo en 2011 a 16 en 2020", señala Mireia Montaña. "Desafortunadamente, encontraremos cada vez más este tipo de reclamos publicitarios con una base incierta porque es algo que vende. Todo lo natural vende", añade Mònika Jiménez.

Un reclamo que puede dañar la salud

Una de las principales razones para fomentar una alimentación saludable basada en la dieta mediterránea es combatir la obesidad. Como llevan años advirtiendo los expertos, la obesidad se ha convertido en una "epidemia" en la sociedad actual. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 44% de las personas adultas de 18 años o más tienen sobrepeso o son obesas. Y el panorama no es distinto en España: la Encuesta Europea de Salud en España del año 2020 reveló que un 16,5% de hombres de 18 años o más y un 15,5% de mujeres padecen obesidad. La principal causa de esta situación es una dieta basada en productos de nivel nutricional bajo que, a su vez, son ricos en grasa, sal o azúcares.

"La dieta mediterránea ha sido reconocida como un patrón dietético que tiene múltiples beneficios para la salud y contribuye a muchos otros objetivos de desarrollo sostenible propuestos por las Naciones Unidas", recuerda la profesora Mireia Montaña, también investigadora del Grupo de Aprendizajes, Medios de Comunicación y Entretenimiento (GAME) de la UOC. "Consciente de esos beneficios, la publicidad lo utiliza como reclamo para llegar a los consumidores, pero el lenguaje engañoso puede dañar la salud de los consumidores", indica la profesora de la UOC.

Además de una regulación más rigurosa, las investigadoras concluyen que también es necesario formar al consumidor para que entienda las etiquetas nutricionales. "Al fin y al cabo estamos hablando de alimentos y, por lo tanto, de salud. Pero en nutrición todo es muy laxo, y no debería ser así porque una mala alimentación se traduce en camas de hospital, obesidad y enfermedad", afirma Jiménez.

Esta investigación favorece el objetivo de desarrollo sostenible (ODS) 3, de salud y bienestar.
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Trabajo de referencia | Jiménez-Morales, M.; Montaña Blasco, M. (2021). "Presence and strategic use of the Mediterranean Diet in food marketing: Analysis and association of nutritional values and advertising claims from 2011 to 2020". NFS Journal. https://doi.org/10.1016/j.nfs.2021.04.003
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'Pirateo' a Lope de Vega en el siglo XVII: hallada una edición ilegal de 'El castigo sin venganza'

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Investigadores de las universidades Autónoma de Barcelona, Valladolid y Salamanca han identificado en la Biblioteca Nacional de España un ejemplar único en el mundo, con una primera versión del final descartada por el autor.
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Edición ilegal con un texto temprano de 'El castigo sin venganza'.
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Germán Vega García-Luengos, catedrático de Literatura Española de la Universidad de Valladolid, junto con otros dos investigadores de la Universidad Autónoma de Barcelona y de la Universidad de Salamanca, ha descubierto y estudiado una edición desconocida de 'El castigo sin venganza', considerada como una las obras maestras de Lope de Vega y del teatro español del Siglo de Oro. La nueva edición, localizada en la Biblioteca Nacional de España, fue impresa en Sevilla al margen de la ley y sin contar con la voluntad del autor. Aunque la ausencia de datos de imprenta impiden fecharla con exactitud, hay indicios que apuntan a que se trata de la llamada "edición príncipe", anterior a la que el propio Lope publicó en 1634. Además de presentar variantes textuales de interés, ofrece otros datos para conocer mejor el contexto de rivalidad con Calderón y otros jóvenes dramaturgos en que surgió la que es tenida por muchos como la mejor tragedia del teatro español.

'El castigo sin venganza' fue una obra especial para Lope de Vega. Tenía casi setenta años al culminarla el 1 de agosto de 1631, cuando empezaban ya a retarlo los nuevos poetas (él los llamaba “los pájaros nuevos"), entre otros Calderón de la Barca.

En la Biblioteca Pública de Boston se conserva el manuscrito autógrafo, que hoy se puede consultar en red. Es considerada por los expertos una inestimable joya de mano del propio Lope, pues contiene muchas tachaduras, adiciones, correcciones y reescrituras, que permiten seguir su proceso creativo.

Pero lo que ahora se ha encontrado tiene también, según los expertos, un interés enorme, por todo lo que implica: muy probablemente la primera edición de la tragedia, en una edición suelta (no en un volumen de 12 obras, las usuales “partes de comedias") y desconocida hasta ahora.

La edición fue ilegal, pirata, sin los obligatorios datos de imprenta, lo que hasta ahora había ocultado su importancia y dificultado su conocimiento. Su hallazgo subraya el gran interés que el texto despertó incluso antes de que la obra alcanzara su redacción definitiva.

No en balde, en una operación digna de un publicista actual, el impresor añadió tras el título un lema que decía 'Cuando Lope quiere...', y que parece aludir precisamente a ese ambiente de rivalidad que enfervorecía al público del que era el gran entretenimiento de masas de la época, el teatro. Es la primera edición que usa este lema. Hasta ahora sólo se había documentado en una mucho más tardía.

El hallazgo y estudio del ejemplar ha sido llevado a cabo por los profesores Germán Vega, de la Universidad de Valladolid (UVa), Ramón Valdés, de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), y Alejandro García Reidy, de la Universidad de Salamanca (USAL).

¿La edición príncipe?

Según los investigadores, la edición hallada ahora pudo ser la primera impresión de la obra de Lope, lo que se denomina edición príncipe (o editio princeps en latín).

“El texto del impreso debió de originarse muy tempranamente, incluso antes de las primeras ediciones conocidas hasta ahora, porque recoge el primer título que figuró en el autógrafo 'Un castigo sin venganza', y no “El", y, por otro lado, lo que resulta muy significativo, la primera versión del final, en que Lope tachó varios versos para reescribirlo y perfeccionarlo. Esta versión, menos impactante, pues no muestra en escena los cadáveres de los amantes protagonistas, y con intervenciones más breves, no la recoge ninguna otra edición, ni las que hasta ahora se creían las primeras, promovidas por el propio Fénix de los ingenios, como la suelta de Barcelona en 1634 y la primera en colección, en la Parte XXI de Comedias", explica Ramón Valdés, director del grupo PROLOPE en la UAB.

“Es muy posible que esta nueva edición derive de lo que se conoce como un manuscrito de compañía temprano, es decir, un manuscrito de los que se copiaban en las compañías de teatro para su puesta en escena", añade Valdés.

El negocio ilegal de impresos teatrales

El análisis riguroso demuestra que la edición identificada se estampó en Sevilla, por entonces parte del Reino de Castilla, donde desde 1625 no se autorizaba la impresión de comedias por su cuestionable moralidad.

Fueron muchas las que durante esos años de suspensión de licencias se imprimieron ilegalmente en la capital hispalense. El negocio ilegal de impresos teatrales en Sevilla, sin datos de imprenta, o con datos falsos, fue denunciado repetidamente por los dramaturgos, incluido el propio Lope en el prólogo de la edición que él promovió en 1634 de 'El castigo sin venganza'. A juicio de los expertos, tal vez esta suelta ilegal sevillana fuera precisamente lo que empujó a Lope a publicar su propia edición (en Barcelona para esquivar la prohibición vigente en Castilla).

La imprenta de la edición pirata

Varios rasgos del nuevo impreso localizado permiten reconocer la imprenta sevillana donde apareció: la del impresor Gómez de Pastrana.

“El catálogo legal y conocido de Gómez de Pastrana es tan escaso que se diría que insuficiente para vivir de ello. Eso hace sospechar que imprimía más de lo que legalmente publicaba y reconocía con su pie de imprenta ‘con licencia en Sevilla, por Pedro Gómez de Pastrana. A la esquina de la Cárcel Real’", explica Germán Vega. “También sabemos que unos años más tarde un inspector requisó en su imprenta paquetes de comedias impresas ilegalmente y decretó su prisión. Bueno, como su negocio estaba al lado de la cárcel, no tendrían que caminar mucho los alguaciles para llevarlo a su destino", concluye con sorna el profesor vallisoletano.

La comparación pericial del impreso sin datos de 'Un castigo sin venganza' con otros libros legales de este impresor (los que sí llevan su pie de imprenta) demuestra que la tipografía y otros detalles muy peculiares coinciden.

Sobre cómo pudo llegar la obra al impresor

Cómo se hizo Gómez de Pastrana con una copia de la obra es todavía un misterio, pero pudo ser producto de una acción ilegal y, desde luego, sin conocimiento del propio Lope.

En el estudio, los investigadores plantean dos posibles vías, aunque subrayan no tener suficientes elementos para extraer conclusiones definitivas al respecto.

Una de ellas deriva de la compañía de teatro de Manuel Vallejo, importante en la época y poseedora legalmente del manuscrito original de 'El castigo sin venganza', lo que se sabe porque en el reparto que figura en la primera página del autógrafo de Lope están los nombres de sus actores. En este reparto aparece el nombre de una actriz, María de Ceballos, cuyo personaje tenía muy poco papel en la obra, que en febrero de 1632 ya había dejado la compañía de Vallejo con su marido -el actor Diego de Guevara, no incluido en el reparto- y habían pasado ambos a la de otro director, Pedro de Ortegón, cuya presencia en Sevilla está documentada al menos en 1634 y 1635. Este cambio de compañía quizás pudo tener algo que ver con la copia que llegó a manos de Gómez de Pastrana, a cambio de la correspondiente suma de dinero.

“También sabemos que otra compañía más, la de Juan Martínez de los Ríos, representó la obra con su primer título, Un castigo sin venganza, en palacio ante sus majestades el 6 de septiembre de 1635, pocos días después de la muerte de Lope a finales de agosto, sin duda para rendirle homenaje. Quizá esta compañía esté relacionada de alguna manera con esta nueva edición localizada", apunta Alejandro García Reidy sobre la segunda posibilidad.

Un hallazgo casual

Los profesores Germán Vega, Ramón Valdés y Alejandro García Reidy dieron con el impreso por casualidad, ya que en realidad estaban buscando otro, que estaba en Berlín antes de la Segunda Guerra Mundial y que todavía no han encontrado, aunque se ha revelado ya con seguridad menos importante, pues algunos rasgos textuales y formales demuestran que deriva de la edición ahora localizada.

El ejemplar, único en el mundo, se encuentra en la Biblioteca Nacional de España (BNE), en un importante fondo de sueltas teatrales que los investigadores aseguran que deparará más sorpresas y en el que precisamente ahora están trabajando codo con codo en un proyecto investigadores y bibliotecarios. La edición que debe llevar a cabo el grupo de investigación PROLOPE (que edita el teatro completo de Lope) y que realizarán Alejandro García Reidy y Ramón Valdés desencadenó la búsqueda, y el hallazgo lo facilitaron, a su vez, los estudios previos en los años 90 de Germán Vega, máximo conocedor desde entonces de este rico fondo de comedias.

El artículo de García Reidy, Valdés y Vega ha sido publicado en la revista de investigación Anuario Lope de Vega tras la evaluación anónima de prestigiosos expertos, según los procedimientos establecidos a nivel científico internacional, que han dictaminado su interés.
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Trabajo de referencia | Alejandro García-Reidy, Ramón Valdés Gázquez y Germán Vega García-Luengos, “Una nueva edición (¿princeps?) de El castigo sin venganza", Anuario Lope de Vega. Texto, literatura, cultura, XXVII (2021), pp. 421-479. https://revistes.uab.cat/anuariolopedevega/article/view/v27-garcia-reidy-valdes-gazquez-vega-garcia-luengos/414-pdf-es
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El 'rewatch': por qué volvemos a ver 'Friends' o 'Seinfeld' una y otra vez


Las plataformas de 'video on demand' se rifan las 'sitcoms' clásicas y apuestan por los remakes, las secuelas y los 'spinf-offs'. Friends o The Office son las dos series más vistas en la historia de Netflix. El grupo NBC Universal desembolsó 500 millones de dólares por los derechos de The Office durante cinco años y Warner Media 425 millones para explotar Friends, también durante cinco años.
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En los rankings de las series más descargadas o vistas durante el año siempre se cuela algún "clásico". De hecho, Friends o The Office son las dos series más vistas en la historia de Netflix. Es tal la demanda de este tipo de sitcoms que esta plataforma ya ha comprado por 500 millones de dólares los derechos de emisión mundial para 2021 de Seinfeld, una serie de 1989. ¿La razón? Que acaba de perder Friends (en España sigue estando disponible de momento), dejará de emitir The Office en 2021 y no quiere descuidar esa cuota de audiencia que vuelve a los clásicos una y otra vez.

Así lo cree Elena Neira, profesora colaboradora de los Estudios de Ciencias de la Información y de la Comunicación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), que explica que, probablemente, plataformas como Netflix, HBO o Peacock incluyen este tipo de series en sus catálogos no para atraer a nuevos clientes, sino para retener a los que ya tienen. Desde luego, las cifras astronómicas que se pagan por estas sitcoms desvelan su importancia: el grupo NBC Universal desembolsó 500 millones de dólares por los derechos de The Office durante cinco años y Warner Media 425 millones para explotar Friends, también durante cinco años.

Las sitcoms parecen ser el género predilecto para el rewatch (volver a ver), un término que se está popularizando en el sector audiovisual pero que no es un fenómeno nuevo. "La reemisión de contenido es una estrategia básica sobre la que se ha asentado la programación de la televisión tradicional durante años. Para las televisiones siempre ha sido un elemento muy ventajoso. Es menos costoso que un contenido de estreno, tiene más garantías de concentrar audiencia (normalmente los reruns son de series que cosecharon éxito en su primera vida comercial) y permite o bien rellenar huecos de la parrilla en horarios poco populares, o engrosar las parrillas de las TDT", explica Neira. Esta práctica no solo beneficia a televisiones, plataformas de video o espectadores. "Para los propietarios de derechos también era una vía muy lucrativa, ya que cobraban por cada una de esas reemisiones. Un win-win para todos", añade la profesora de la UOC.

En España está el ejemplo de Verano azul, una de las series que en más ocasiones se ha emitido en la historia de la televisión. Según datos de la Wikipedia, esta serie estrenada en 1981 fue repuesta menos de un año después: a finales de julio de 1982. Después, se ha programado en las pantallas de TVE en 1987, en 1994 (dos veces), en 1995 (dos veces), en 2001 y 2005 (ambas en Canal Nostalgia) y en 2006 (en TVE-50). En 2012 se programó en 13TV; en julio de 2014 La 2 de Televisión Española volvió a emitirla, pero esta vez remasterizada. Por último, en agosto de 2019 La 2 volvió a reponerla.

Una apuesta segura: no hay que elegir y sabemos que nos gustará

"Hacer rewatching nos encanta porque es una apuesta segura, tenemos la certeza de que nos lo pasaremos bien y reafirma nuestra buena opinión sobre el producto. Volvemos a sentir las mismas emociones positivas y además descubrimos nuevos aspectos que habíamos pasado por alto", explica Marta Calderero, profesora de los Estudios de Psicología y Ciencias de la Educación de la UOC. Pero, además, "los estudios que se han llevado a cabo al respecto también indican que hacemos rewatching para reducir la fatiga cognitiva que nos genera tener que decidir entre centenares de opciones. Paradójicamente, aunque hoy en día tenemos miles de alternativas de entretenimiento, muchas veces volvemos a lo familiar para evitar la incertidumbre y el riesgo de equivocarnos al escoger algo nuevo. ¿Acertaré con la elección? ¿Me lo pasaré bien? Cuantas más opciones, más dudas nos pueden surgir y más abrumados nos podemos sentir, por eso a veces preferimos optar por algo que ya conocemos y nos gusta", añade la psicóloga.

De la misma opinión es Elena Neira, que resalta el valor seguro y la comodidad como algunos de los motivos por los que elegimos Friends cuando tenemos a nuestro alcance decenas de series nuevas: "Precisamente por tener tantísimas novedades, volver a series que ya hemos visto permite no enfrentamos al dilema de tener que elegir. Conocemos la trama, nos podemos enganchar a cualquier episodio sin problemas… La quintaesencia de la comodidad".

¿Una pérdida de tiempo o una oportunidad de descubrir nuevos matices?

"A veces nos sentimos mal al hacer rewatching porque nos da la sensación de que estamos perdiendo el tiempo. Para nada es algo malo", añade Marta Calderero. El profesor e investigador Ed O´Breid, de la Universidad de Chicago, descubrió en su estudio Enjoy It Again: Repeat Experiences Are Less Repetitive than People Think que, en general, las personas tienden a infravalorar el disfrute que les aporta una actividad ya experimentada y por eso optan por algo nuevo. Sin embargo, la satisfacción que nos produce repetir una misma acción puede ser en algunos casos incluso superior, según las conclusiones del estudio. "Los datos muestran que la repetición es tanto o más agradable que la alternativa novedosa. Así que, según estos hallazgos, podríamos concluir que el rewatching es una gran propuesta de ocio", explica Calderero.

La psicóloga aconseja repetir una serie, leer un libro, volver a ver una galería, etc., "cuando tenemos poco tiempo y nos apetece relajarnos. Así aprovecharemos todo ese tiempo para disfrutar y desconectar, y evitaremos sentirnos frustrados por perderlo buscando algo nuevo que hacer». Y añade que experimentar algo por segunda vez permite «observarlo más detenidamente, ver matices, observarlo desde otra perspectiva o anticipar el disfrute".

El fenómeno The Mandalorian: volver al lugar conocido… ¡pero de otra manera!

Las secuelas, precuelas, remakes, spin-offs… pueblan las carteleras de los cines y los catálogos de las plataformas de video por suscripción. The Mandalorian, una serie de Disney+ ubicada en el universo de Star Wars, se ha alzado como la segunda serie más vista el pasado año, sólo superada por The Witcher. Según Parrot Analytics, The Mandalorian llegó a superar Juego de tronos, Stranger Things o The Crown.

En este sentido, Elena Neira añade que "todas las compañías que han puesto en marcha sus propias plataformas a finales de este año y las que lo harán a partir de 2020 tienen este elemento común: el anuncio de remakes, reboots, precuelas, spin-offs y secuelas de algunas de sus propiedades más conocidas. Al final, el gancho de lo popular, en un ecosistema cada vez más lleno de servicios y de contenidos, ofrece una ventaja competitiva en términos de visibilidad".
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La mayoría de los productos alimentarios y bebidas publicitados bajo el concepto 'mediterráneo' no están incluidos en la dieta mediterránea

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Una investigación de la Univeristat Oberta de Catalunya (UOC) y la Universitat Pompeu Fabra (UPF) revela que solo el 13,6% de los productos de los anuncios analizados tienen un valor nutricional alto.
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Image by RitaE from Pixabay
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No todos los productos alimentarios y bebidas que se publicitan como mediterráneos en alusión a un estilo de vida saludable lo son en realidad, al menos no la mayoría. Así lo revela un estudio elaborado por las investigadoras Mireia Montaña, profesora de los Estudios de Ciencias de la Información y de la Comunicación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), y Mònika Jiménez, profesora del Departamento de Comunicación de la Universitat Pompeu Fabra (UPF), que concluye que la mayoría de los productos alimentarios y bebidas publicitados bajo el concepto "mediterráneo" no están incluidos en la pirámide nutricional de la dieta mediterránea.

En la investigación se analizaron 1.219 anuncios de alimentos de 103 productos y 541 anuncios de bebidas de 109 productos, correspondientes a publicidad difundida en diferentes tipos de medios de comunicación en España (periódicos, revistas, televisión, radio, internet, etc.) entre 2011 y 2020. Los resultados mostraron que solo el 13,59% de los productos publicitados bajo el reclamo "mediterráneo" tenían un valor nutricional alto, según su valor Nutri-Score. En cuanto al resto, otro 13,59% tenía un valor nutricional muy bajo y un 29,13%, bajo; un 25,27% obtuvo un valor nutricional medio, y un 19,42% tenía un valor nutricional medio-alto.

Como explica Mireia Montaña, llevaban tiempo analizando el contenido de la publicidad de productos de alimentación, sobre todo aquellos destinados a niños y niñas, cuando, al analizar las palabras clave más utilizadas en los anuncios, se dieron cuenta de que muchos de esos productos se vinculan a la dieta mediterránea y eso crea la falsa sensación de que son saludables. De ahí que, aunque no sea estrictamente publicidad engañosa, ambas investigadoras crean necesaria una regulación más estricta.

"Según la legislación española aplicada a la publicidad, no es estrictamente publicidad engañosa. Pero la ley de la publicidad data de los años ochenta y tiene grandes imprecisiones, además de ser muy vaga en ciertos aspectos", señala Mònika Jiménez. "Por eso, aunque algunos de los componentes de estos productos están amparados en el concepto de dieta mediterránea, en realidad se trata de publicidad engañosa, ya que tienen solo algún componente que forma parte de la pirámide nutricional de la dieta mediterránea. Si analizas el etiquetado, no tienen mucho de producto saludable. Es decir, no se mira el producto completo", añade.

Concretamente, los productos alimentarios que más recurren al reclamo de "mediterráneo" son el tomate frito y las salsas, seguidos de sopas y comida precocinada. En cuanto a las bebidas, el 89 % de las bebidas que lo utilizan en el periodo estudiado son alcohólicas. Y se trata de una tendencia que crece cada año. "De 6 productos alimentarios que utilizaban el reclamo 'mediterráneo' en 2011 pasamos a 20 en 2020. Además, este último año solo un 30 % de los productos se consideran de valor nutricional alto o medio-alto. En bebidas, la tendencia también es la misma: pasamos de 8 bebidas que usaban ese reclamo en 2011 a 16 en 2020", señala Mireia Montaña. "Desafortunadamente, encontraremos cada vez más este tipo de reclamos publicitarios con una base incierta porque es algo que vende. Todo lo natural vende", añade Mònika Jiménez.

Un reclamo que puede dañar la salud

Una de las principales razones para fomentar una alimentación saludable basada en la dieta mediterránea es combatir la obesidad. Como llevan años advirtiendo los expertos, la obesidad se ha convertido en una "epidemia" en la sociedad actual. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 44% de las personas adultas de 18 años o más tienen sobrepeso o son obesas. Y el panorama no es distinto en España: la Encuesta Europea de Salud en España del año 2020 reveló que un 16,5% de hombres de 18 años o más y un 15,5% de mujeres padecen obesidad. La principal causa de esta situación es una dieta basada en productos de nivel nutricional bajo que, a su vez, son ricos en grasa, sal o azúcares.

"La dieta mediterránea ha sido reconocida como un patrón dietético que tiene múltiples beneficios para la salud y contribuye a muchos otros objetivos de desarrollo sostenible propuestos por las Naciones Unidas", recuerda la profesora Mireia Montaña, también investigadora del Grupo de Aprendizajes, Medios de Comunicación y Entretenimiento (GAME) de la UOC. "Consciente de esos beneficios, la publicidad lo utiliza como reclamo para llegar a los consumidores, pero el lenguaje engañoso puede dañar la salud de los consumidores", indica la profesora de la UOC.

Además de una regulación más rigurosa, las investigadoras concluyen que también es necesario formar al consumidor para que entienda las etiquetas nutricionales. "Al fin y al cabo estamos hablando de alimentos y, por lo tanto, de salud. Pero en nutrición todo es muy laxo, y no debería ser así porque una mala alimentación se traduce en camas de hospital, obesidad y enfermedad", afirma Jiménez.
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Trabajo de referencia | Jiménez-Morales, M.; Montaña Blasco, M. (2021). "Presence and strategic use of the Mediterranean Diet in food marketing: Analysis and association of nutritional values and advertising claims from 2011 to 2020". NFS Journal.https://doi.org/10.1016/j.nfs.2021.04.003
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Las mujeres utilizan los videojuegos para aprender y los hombres como ocio, según una tesis


04.08.2014 | Más de tres cuartas partes de los encuestados manifiestan que destinan menos de cinco horas semanales a los videojuegos.
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Las mujeres utilizan los videojuegos, de manera mayoritaria, con un fin didáctico o de aprendizaje, mientras que los hombres lo hacen como medio de ocio y de entretenimiento, según una de las conclusiones de la tesis doctoral realizada en la Universidad de Murcia por Pedro Antonio Sánchez Rodríguez.

Para la realización de este trabajo de investigación, su autor, que ha obtenido la calificación de sobresaliente cum laude, analizó una muestra representativa de los estudiantes de las titulaciones de grado que imparte esta institución docente.

Las conclusiones de la tesis doctoral señalan también que las variables que contribuyen a explicar de forma significativa el hecho de ser o no un videojugador son el género, la edad y el área de conocimiento en la que se ubica la titulación que cursa el alumno. El ordenador personal es el dispositivo más utilizado para jugar a videojuegos, además de ser el preferido entre los diferentes soportes disponibles.

En cuanto a la dedicación, más de tres cuartas partes de los encuestados manifiestan que destinan menos de cinco horas semanales a los videojuegos. Indica el estudio que los aspectos considerados como atractivos son bien valorados por los usuarios, observándose algunas diferencias con respecto al género, ya que las universitarias se muestran más afines a su utilización como recurso didáctico. Por su parte, los varones son quienes consideran en mayor proporción el valor didáctico de los videojuegos para el aprendizaje en los niveles educativos de Infantil, Primaria y Secundaria.

La tesis doctoral, que fue dirigida por las profesoras Francisca José Serrano Pastor y María Begoña Alfageme González, concluye que “se observa una buena valoración por parte de los alumnos en cuanto a la utilización de los videojuegos como recurso didáctico, abriéndose, por tanto, una alternativa motivadora e innovadora en ese ámbito educativo”.
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El 81% de los bebés tiene presencia en la red antes de cumplir los seis meses


Los expertos advierten del peligro del oversharing o sharenting, la tendencia por parte de los padres a sobreexponer a sus hijos en redes sociales. La usurpación de identidad y el posible uso de las imágenes como material pornográfico son solo dos de los riesgos que conlleva.
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Luke Michael | Unsplash
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Pilar Ponce de León (UOC) | El control sobre el uso de cualquier contenido subido a una web, un blog o a redes sociales se pierde una vez publicado. Y cualquier contenido incluye textos, comentarios u opiniones y, por supuesto, fotografías y vídeos. En el caso concreto del material gráfico, los expertos advierten de un fenómeno que ya se conoce como oversharing o sharenting y que hace referencia a la sobreexposición por parte de los padres de los menores especialmente en las redes sociales Instagram y Facebook.

El 81% de los menores de 6 meses tiene presencia en internet

Una encuesta elaborada por la firma de seguridad informática AVG en 10 países, entre ellos España, recoge que el 23% de los niños tiene presencia en línea incluso antes de nacer porque sus padres publican imágenes de las ecografías durante el embarazo. El porcentaje se dispara rápidamente, hasta el punto de que el 81% está en internet antes de cumplir los 6 meses. La cifra sigue aumentando en los primeros años de la infancia.

En Reino Unido, por ejemplo, según un estudio publicado por la compañía Nominet, los padres publican en redes sociales cada año alrededor de 200 fotografías de sus hijos menores de 5 años. Esto significa que antes de cumplir los 5, circularán 1.000 imágenes de cada uno de estos pequeños. El repertorio es variado: bebés que duermen plácidamente, chapotean en el baño, estrenan orinal, juegan alegres en el parque o muestran un sin fin de vivencias encantadoras para los padres, pero peligrosas para los menores por varios motivos.

Silvia Martínez, directora del máster universitario de Social Media: Gestión y Estrategia de la UOC, también lo advierte: "Se presupone que los padres son los principales interesados en garantizar y proteger la imagen de sus hijos y que buscarán su bienestar por encima de todo. En la toma de decisión previa a la publicación de imágenes, la protección del interés superior del menor y de sus derechos individuales debería prevalecer sobre otros intereses. Sin embargo, cuando los padres comparten fotografías de sus hijos en las redes sociales, especialmente si son menores, pueden no ser conscientes de los riesgos que ello conlleva".

Cuando lo privado se hace público

"En muchas ocasiones, los padres creen que la exposición que hacen de esas imágenes quedará limitada al círculo de sus conocidos directos, pero su alcance puede ser mucho más amplio", dice Silvia Martínez, también miembro del Grupo de Investigación en Aprendizajes, Medios y Entretenimiento (GAME). "En primer lugar —continúa la experta—, la mayoría mantiene un perfil público en las redes, con lo que esa imagen podría ser vista por cualquier usuario. Por otro lado, aunque los padres hayan limitado la exposición de su perfil haciéndolo privado, en ocasiones los propios conocidos o familiares comparten esas imágenes que les han llegado por las redes (incluso sin disponer de una autorización para hacerlo), con lo que amplían ese alcance que puede llegar a tener la fotografía".

¿Qué dicen las propias redes sociales al respecto? "Al publicar contenidos en plataformas tecnológicas como las que conforman los social media cedemos a esas empresas ciertos derechos sobre su uso y sobre el tratamiento de la información que en ellos se contenga", dice Silvia Martínez. Por poner un ejemplo, las condiciones de servicio de Facebook, en el apartado «Permisos que nos concedes», especifican lo siguiente: "El contenido que creas y compartes en Facebook y los demás productos de Facebook [Instagram es uno de ellos] te pertenece y ninguna disposición incluida en estas condiciones anula los derechos que tienes sobre él".

El epígrafe se refiere a los derechos de propiedad intelectual, que siempre serán de la persona que suba la publicación. Ahora bien, si se sigue leyendo, empiezan los matices. "Si compartes una foto en Facebook, nos das permiso para almacenarla, copiarla y compartirla con otros (de conformidad con tu configuración). […] Puedes eliminar el contenido o tu cuenta en cualquier momento para dar por finalizada esta licencia. En cualquier caso, el contenido que elimines puede seguir siendo visible si lo has compartido con otras personas y estas no lo han borrado".

Otro de los riesgos de publicar fotografías de menores es que pueden utilizarse como material pornográfico a escala mundial por medio, por ejemplo, de la extracción de la imagen de sus genitales cuando se muestran desnudos. También pueden convertir a los niños en posibles víctimas de la pornografía infantil mediante la sustitución, con aplicaciones y tratamiento informático.

"Me gustaría dar la bienvenida a mi hijo…", pero no era su hijo

El 4 de diciembre de 2018 se publicó una noticia en Wall Street Journal que alertó de otro de los peligros de la sobreexposición de los hijos o sharenting: la usurpación de identidad. «Me gustaría dar la bienvenida al mundo a mi hijo. Mamá y el tío Maddox te quieren mucho, Artie», decía la presentación en sociedad de Arthur Lance Maddox Parker, acompañada de la foto de un recién nacido dormido plácidamente. Pero resultó que Arthur no era Arthur.

Emory Keller-Kurysh, una mujer de 33 años de Canadá, era la madre real del bebé (que, por cierto, era una niña). Había hecho la foto dos años antes con su móvil en la habitación del hospital después de dar a luz y la había publicado en su perfil público de Instagram. Afortunadamente, a esta madre le llegó la prueba de que la imagen de su hija circulaba como si fuera el bebé de otra mujer y alertó a Facebook Inc., propietaria de Instagram. La compañía cerró la cuenta de la madre que había robado la identidad de la menor porque violaba los términos de servicio de la red social. Por su parte, la madre real cambió su perfil a privado para que solo las personas que ella aprobara pudieran ver las fotos de la niña.

Ante casos como este, la experta en comunicación digital y redes sociales de la UOC advierte lo siguiente: "Compartir contenidos y narrar cada avance y logro que los hijos consiguen, comentar sus gustos y preferencias, indicar los sitios que visitan o mostrar espacios tan privados como sus habitaciones pueden, además, desencadenar peligros mayores. Todos estos datos ofrecen mucha información a terceros que pueden aprovecharla para intentar alcanzar fines delictivos o incluso atentar contra la integridad de esos hijos".

Al difundir la infancia de los hijos estamos imprimiendo sus primeras huellas digitales. Silvia Martínez lo explica: "Al publicar esas fotografías, se contribuye a crear una identidad con la que el interesado, en este caso el hijo o la hija, puede no sentirse representado o cómodo, y terminar incluso sintiéndose avergonzado por ciertas situaciones o información muy personal que puede llegarse a mostrar en esas imágenes".

El estudio Not at the dinner table: parents and children’s perspectives on family technology rules, elaborado por las universidades de San Francisco y Michigan, aporta datos sobre este punto: "El 56% de los padres comparte información potencialmente vergonzosa de sus hijos, el 51 % da datos con los que puede localizárseles y un 27% cuelga fotos directamente inapropiadas".

¿Las consecuencias? Aumenta el riesgo de que se conviertan en blanco de burlas y sufrir acoso o ciberacoso, o que las imágenes sean mal utilizadas por otros con el consiguiente impacto en la autoestima, reputación y relaciones sociales. "Por ello —dice Silvia Martínez—, el consentimiento o la autorización para subir a redes sociales fotografías de terceros debería solicitarse siempre, y ello también debería aplicarse a los padres cuando quieren publicar imágenes de sus hijos. Aun siendo titulares de la patria potestad o tutela y tener el poder de decisión, preguntar al menor antes de publicar su fotografía les permitirá intervenir en la identidad digital que de él o ella pueda estar construyéndose".

¿Qué dice la ley en España?

"La legislación avanza en materia de protección del llamado derecho al olvido. Así, la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales incluye una mención específica al ejercicio de ese derecho cuando terceros hayan subido información respecto a menores en redes sociales.

El apartado 3 del artículo 94 sobre el derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes recoge lo siguiente: «En caso de que el derecho se ejercitase por un afectado respecto de datos que hubiesen sido facilitados al servicio, por él o por terceros, durante su minoría de edad, el prestador deberá proceder sin dilación a su supresión por su simple solicitud", y ello sin necesidad de que concurran otras circunstancias como las mencionadas en otros supuestos contemplados en ese mismo artículo.

Evidentemente, antes de echar mano de la ley, "es especialmente importante potenciar una educación que facilite un uso consciente y responsable de espacios de comunicación como los medios sociales. Ello implica disponer de un mayor conocimiento y, sobre todo, comprensión de las condiciones de uso y políticas de privacidad que presentan estas plataformas, pero también profundizar en el alcance de la información que se publica y en los riesgos potenciales que pueden derivarse del uso que hagan otros usuarios de ella", concluye Silvia Martínez.
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